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DICIEMBRE 2013

La salud y los derechos sexuales y reproductivos: 30 años de democracia y una historia de leyes y políticas públicas para celebrar y continuar exigiendo

En vísperas de celebrarse los 30 años de democracia ininterrumpida en la Argentina, un breve repaso de la historia de la salud y los derechos sexuales y reproductivos parece ser un imperativo ético y político dada la centralidad que estos derechos tienen para el ejercicio de la ciudadanía plena de las mujeres.

Salvo los movimientos anarquistas y socialistas de principios del siglo XX, ninguna otra fuerza política habló de los temas vinculados a la regulación de la fecundidad, hasta que las corrientes del pensamiento de la derecha nacionalista, por un lado, y las propias del pensamiento de izquierda revolucionaria, por el otro, a fines de los años sesenta y durante la década de los setenta, colocaron estos temas en la escena política. Para los primeros, la Argentina era un país despoblado que necesitaba, por razones geopolíticas y de desarrollo estratégico, poblar sus tierras, razón por la cual cualquier política tendiente a acercar a la población medios para regular la fecundidad resultaba una política contraria al interés nacional. Para el pensamiento de izquierda revolucionario, la regulación de la fecundidad era una estrategia del imperialismo dirigida a contener el desarrollo de los pueblos y, por otro lado, era una necesidad de las clases medias y no una demanda genuina de los pobres.

Con argumentos diferentes, tanto la derecha como la izquierda coincidían en desestimar como necesaria, cuando no demonizar, cualquier política pública en este campo. Y estas ideas permearon el imaginario de la dirigencia social y política argentina por muchos años. En este escenario de ideas dominantes y de antecedentes normativos como los de la década de los setenta(1) con la recuperación de la democracia irrumpieron el discurso y la acción política del movimiento de mujeres y del feminismo que exponían públicamente la idea del derecho a decidir con una consigna prestada de las luchas de las pioneras italianas "anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir". En ese momento dio comienzo una historia de paulatina pero sistemática conquista de espacios y mecanismos para garantizar el derecho a decidir si tener hijos, cuántos y cuándo.

En ese prolongado proceso político desde la recuperación de la democracia ha y algunos indicios para comprender los éxitos alcanzados en materia de legitimación de los derechos vinculados a la salud sexual y la salud reproductivade las mujeres. Por un lado, se observa una pluralidad cada vez más marcada de actores y de voces que intervienen en la escena pública para reivindicar estos derechos. Se destaca históricamente el movimiento de mujeres y, dentro de éste, los grupos feministas, ambos usinas de ideas y acciones, pero también legisladores y legisladoras, el movimiento LGTBI, organizaciones sociales, referentes de la cultura y comunicadores sociales. No hay duda de que los derechos vinculados a la salud sexual y reproductiva se transformaron

En segundo lugar, se observa un creciente número de diversos instrumentos utilizados en la acción política: declaraciones, solicitadas, consensos de expertos, programas, materiales de difusión, campañas, conmemoraciones, presentaciones judiciales, manifestaciones públicas, encuentros de mujeres, leyes, y compromisos internacionales, entre otros. Esta diversificación de instrumentos ha sido en buena medida fruto de la multiplicidad de actores en este campo, pero también ha sido consecuencia de las reacciones de los movimientos sociales frente a quienes - por acción u omisión - se oponían a esas reivindicaciones. Por un lado, los sectores más conservadores vinculados a la Iglesia Católica, que siempre actuaron para frenar o impugnar cualquier ley o política pública sobre salud sexual y/o reproductiva y, por el otro, sectores de la dirigencia social y política que no entendían - o no querían entender - la trascendencia que estos derechos tienen para la vida de las mujeres y el ejercicio de sus derechos ciudadanos.

El tercer indicio de este proceso fue un discurso político basado en consideraciones de fuerte impacto en la conciencia social. Por un lado, la apelación a la trascendencia de las decisiones reproductivas para la vida personal: en la medida que todos tomamos decisiones cotidianas sobre nuestra sexualidad y capacidad reproductiva, todos conocemos las implicancias emocionales, afectivas, familiares y sociales que éstas tienen. Por otro lado, la apelación a la injusticia social expresada en el hecho de que algunas mujeres resolvían la regulación de su fecundidad comprando anticonceptivos en el mercado, mientras que la gran mayoría no podía hacerlo. La desigualdad de oportunidades fue un eje central del discurso del movimiento de mujeres que trajo a la escena las consignas del derecho a decidir garantizado por el Estado a través de normas legales y políticas públicas, y de la solidaridad entre mujeres de distintos sectores sociales.

Sin embargo, a pesar de esta diversidad de actores, voces e instrumentos y de un fuerte consenso social acerca del derecho de mujeres y varones a tomar decisiones sobre su vida sexual y capacidad reproductiva garantizado por el Estado, la dirigencia política no estuvo dispuesta a implementar la principalmente por no desafiar a la Iglesia Católica más que por sus propias convicciones. Así fue que resultó "necesaria" la legitimación a través del debate y la decisión del Parlamento Nacional para poner en funcionamiento una política pública nacional de acceso a la anticoncepción.

La sanción de una ley nacional de salud reproductiva había sido eje de luchas durante muchos años. En el ámbito nacional, varios proyectos de ley habían pasado por las comisiones de ambas Cámaras Legislativas desde inicios de los años noventa. En 1995 se dio media sanción a un proyecto de este tipo que luego perdió estado parlamentario. Recién a fines del año 2002, casi diez años después, una ley nacional de salud reproductiva fue sancionada por ambas Cámaras, aunque varios años después de que algunas provincias ya hubieran tomado decisiones legales de este tipo. Sin embargo, los embates no fueron pocos, consistiendo principalmente en acciones judiciales emprendidas por grupos conservadores que se vieron facilitados por la falta de voluntad política de parte de decisores del más alto nivel de la política sanitaria. A pesar de estos vaivenes y contratiempos, todo parece indicar que estas políticas públicas vinieron para quedarse, aunque necesitan de apoyos expreso se inequívocos para consolidarse, expandirse y promover los cambios culturales necesarios, así como también necesitan de esos apoyos porque suelen ser utilizadas como moneda de cambio de la negociación política.

Sin duda la sanción de esta ley nacional (N° 25.673) fue un punto de inflexión en la historia del campo de la salud y los derechos sexuales y reproductivos en la Argentina. Y lo fue no sólo por lo que se reconocía y garantizaba (aún con limitaciones importantes, como la no inclusión de los métodos quirúrgicos), sino por el debate social y político que acompañaron el proceso hasta su sanción, continuando aún más allá en la vigilancia activa de la sociedad civil para su efectiva implementación.

Si se observa el campo de la salud y los derechos sexuales y reproductivos con perspectiva histórica, algunas lecciones son, por cierto, alentadoras. En primer lugar, es evidente que existe una tradición de activismo político vinculado a este campo en el cual el movimiento de mujeres tiene una voz reconocida en el debate social y una presencia capilar y activa en e spacios muy diversos de la sociedad.

En segundo lugar, el Estado en sus diversas instancias institucionales parece estar aggiornándose y poniéndose a tono con las necesidades de la sociedad. Hace muchas – muchas - décadas que la población de la Argentina tiene prácticas sexuales y reproductivas que escapan a los marcos normativos. En ese sentido, el Estado no estaría promoviendo nuevas prácticas sino apuntando a que las ya existentes dejen de tener consecuencias negativas para la salud y la vida de la población.

En tercer lugar, aun cuando el acceso al aborto legal y seguro sea todavía la asignatura pendiente más gravosa que la Democracia tiene para con las mujeres, el debate social sobre este tema se establece actualmente en base a información confiable, evidencia científica, situaciones concretas de mujeres reales que muestran los costos intolerables de la ilegalidad, y a una apelación a los derechos de las mujeres a no sufrir las consecuencias de abortos inseguros. Por cierto todavía resta reforzar argumentos tales como el del Estado laico que respeta las libertades y decisiones individuales, desestima las consideraciones confesionales para regular la vida de la sociedad, y legisla reconociendo la diversidad de posiciones éticas y morales; así como también el argumento sobre el derecho de las mujeres a la intimidad y autonomía en sus decisiones relativas a la sexualidad y la reproducción. Pero todo parece indicar que "el veto moral" sobre el aborto se está debilitando y por ello se está fortaleciendo un proceso de cambio cultural y político que -más temprano que tarde- terminará en una reforma legal que modifique la actual regulación de condiciones (que hasta el momento ha mostrado serias limitaciones para garantizar el acceso al aborto legal y seguro) por una regulación basada en plazos. Esto significará que nadie podrá obligar a una mujer a abortar si no desea hacerlo, pero tampoco nadie podrá obli gar a una mujer a una maternidad forzada ni a un aborto clandestino e inseguro.

En las democracias actuales, las regulaciones legal es en el ámbito de la salud son un rasgo central del derecho a través de las cual es se establecen las misiones de las agencias del Estado, se delimitan y habilitan las funciones de la Salud Pública, y se asignan los fondos necesarios. Así, al tiempo que ejercen presión sobre el comportamiento de los actores y grupos de la sociedad, las reglas jurídicas(al igual que otras reglas como las morales y sociales) obligan al Estado, a sus poderes, a las agencias administrativas y a sus operadores a velar por su cumplimiento y garantía. Por ello, el derecho ha pasado a cumplir un rol importante en la estructura de oportunidades políticas actuales(2).

Desde la recuperación de la democracia, la producción normativa en el campo de la salud y los derechos sexuales y reproductivos en la Argentina puede ser visto como un proceso sistemático de expansión de las fronteras en el reconocimiento de nuevos derechos. Las políticas públicas en este campo han acompañado estos avances en las normas legales pero, en líneas generales, con menos eficacia de la que hubiera sido esperable. Si bien el Estado posee instrumentos para garantizar el ejercicio de los derechos, igualar oportunidades en el acceso a servicios y bienes públicos, y regular las responsabilidades de los agentes estatales, la implementación de las políticas en salud y derechos sexuales y reproductivos muestra varios déficit, pues han sido implementadas con cierta "timidez" en las decisiones, algunas inconsistencias regulatorias, un débil apoyo político explícito, y frecuentemente, con recursos insuficientes para su funcionamiento eficaz y de alto impacto.

Como homenaje a los 30 año s de democracia en la Argentina, el OSSyR aporta esta línea de tiempo de la historia normativa de la salud y los derechos sexuales y reproductivos en la Argentina.

La línea de tiempo ha sido diseñada como una base de datos con las normas jurídicas referidas a la salud sexual y reproductiva, tanto del ámbito nacional como provincial, vigentes en la Argentina desde 1974 hasta el presente. Contiene leyes sancionadas por los poderes legislativos nacional y provinciales; decretos del poder ejecutivo nacional; y resoluciones de la autoridad sanitaria nacional que regulan distintos temas en este campo. Se excluyen las reglamentaciones de otros ámbitos de la administración pública, nacional o provinciales, salvo en aquellos casos que esas normas resultaron vitales y novedosas. Por último, incluye las sentencias que han sentado una nueva línea jurisprudencial y todas aquellas dictadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, decisiones del sistema internacional y regional de los derechos humanos, y documentos elaborados por los organismos internacionales que han sido un aporte fundamental.

Esperamos que a 30 años de ejercicio de la vida democrática en la Argentina, esta línea de tiempo contribuya a una justa celebración de lo que es necesario celebrar, así como a continuar con la vigilancia activa de lo que es justo exigir en el plano legal y de las políticas públicas. El fortalecimiento de nuestra democracia necesita tanto de la celebración como de la demanda ciudadana.

(1)En el año 1974 se sancionó el Decreto 659/74 del tercer gobierno peronista que regulaba la comercialización, venta y distribución de los productos anticonceptivos. Al mismo tiempo que se suspendía la difusión de anticonceptivos y se exigía para su venta una receta por triplicado, se cerraban 60 consultorios de Planificación Familiar que funcionaban en los Hospitales, prohibiendo así todas a quellas actividades vinculadas con el control de la natalidad en los espacios públicos (Dora Barrancos, "Iniciativas y debates en materia de reproducción durante el primer peronismo (1946-1952)" Buenos Aires, CESAL, 2002)

(2)Ramón Michel A.; González Vélez A.C.; y Ramos S. Lineamientos metodológicos para la recopilación y análisis de los marcos normativos: hacia la garantía de las prestaciones prioritarias en salud sexual y reproductiva. UNFPA-CEDES, 2010